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Fiscalis 2013
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Programa de acción comunitaria destinado a mejorar el funcionamiento de los sistemas fiscales en el mercado interior (2008-2013)
CONVOCATORIAS
BASE JURÍDICA
DOUE L 330/01, 15.12.2007. Decisión 1482/2007/CE de 11 de diciembre de 2007 por la que se establece un programa comunitario destinado a mejorar el funcionamiento de los sistemas fiscales en el mercado interior (Fiscalis 2013)

DOCUMENTOS
COM(2003) 678 final, 12.11.2003. Informe sobre la ejecución del programa Fiscalis (1998-2002)

COM(2005) 111 final, 6.4.2005. Programas comunitarios Aduana 2013 y Fiscalis 2013
COM(2006) 202 final, 17.5.2006. Propuesta de Decisión por la que se establece un programa comunitario destinado a mejorar el funcionamiento de los sistemas fiscales en el mercado interior (Fiscalis 2013)
COM(2008) 623 final, 9.10.2008. Evaluación final del programa Fiscalis 2003-2007
COM(2011) 538 final, 5.9.2011. Evaluación intermedia del programa Fiscalis 2013
NOTICIAS
Informacion adicional
Fiscalis 2013 sucede a Fiscalis 2007 (2003-2007) y al Fiscalis inicial (1998-2002).Las actividades del programa serán las siguientes:a) sistemas de comunicación e intercambio de información;b) controles multilaterales;c) seminarios y grupos de proyecto;d) visitas de trabajo;e) actividades de formación; yf) cualquier otra actividad similar que resulte necesaria para la consecución de los objetivos del programa.El objetivo global del programa será mejorar el correcto funcionamiento de los sistemas fiscales en el mercado interior aumentando la cooperación entre los países participantes, sus administraciones y sus funcionarios.Los países participantes serán los Estados miembros, los países candidatos en los que se aplique una estrategia de preadhesión y los países candidatos potenciales.Los gastos necesarios para la ejecución del programa serán sufragados por la Comunidad y los países participantes. La Comunidad sufragará los siguientes gastos:a) los costes de adquisición, desarrollo, instalación, mantenimiento y funcionamiento corriente de los elementos comunitarios de los sistemas de comunicación e intercambio de información;b) los gastos de viaje y estancia en que incurran los funcionarios de los países participantes con motivo de los controles multilaterales, las visitas de trabajo, los seminarios y los grupos de proyecto;c) los costes de organización de los seminarios;d) los gastos de viaje y estancia derivados de la asistencia de expertos exteriores y de los participantes en las actividades;e) el coste de adquisición, desarrollo, instalación y mantenimiento de los sistemas y módulos de formación, en la medida en que sean comunes a todos los países participantes; yf) el coste de otras actividades hasta un máximo del 5 % de los costes totales del programa.El programa será objeto de una evaluación intermedia y de una evaluación final, efectuadas bajo la responsabilidad de la Comisión. En la evaluación intermedia se examinarán los resultados obtenidos, en términos de eficacia y eficiencia, al término de la primera mitad de la duración del programa, se analizará si siguen siendo pertinentes los objetivos del programa y se estudiará la repercusión de las actividades de este último. Se apreciará también la utilización de los fondos, así como el desarrollo del seguimiento y de la ejecución. La evaluación final se centrará en la eficacia y la eficiencia de las actividades del programa. Las evaluaciones intermedia y final se publicarán en el sitio web de la Comisión.Agencia Tributaria EspañolaInfanta Mercedes, 3728020 - MadridTel.: 915 837 000Fiscalis@aeat.esPublicado en Integración europeaEtiquetado enFichas relacionadas
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