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FEDER
-
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (2007-2013)
CONVOCATORIAS
Resolución de 18 de febrero de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se aprueba la convocatoria 2011 de ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para cofinanciar proyectos de desarrollo local y urbano durante el periodo de intervención 2007-2013. Las solicitudes se presentarán hasta el 31 de marzo de 2011 (BOE 46/3624, 23.2.2011)

BASE JURÍDICA
DOUE L 210/19, 31.7.2006. Reglamento 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre la Agrupación europea de cooperación territorial (AECT)
DOUE L 210/01, 31.7.2006. Reglamento 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el Reglamento 1783/1999
DOUE L 210/25, 31.7.2006. Reglamento 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento 1260/1999
DOUE L 312/47, 11.11.2006. Decisión 2006/769/CEE de 31 de octubre de 2006 por la que se establece la lista de las regiones y zonas que pueden recibir financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional con arreglo a los capítulos transfronterizo y transnacional del objetivo de cooperación territorial europea para el período 2007-2013
DOUE L 371/01, 27.12.2006. Reglamento 1828/2006 de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento 1083/2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento 1080/2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional
DOUE L 132/01, 29.5.2010. Reglamento 437/2010 de 19 de mayo de 2010 que modifica el Reglamento 1080/2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, por lo que se refiere a la subvencionabilidad de las intervenciones en materia de vivienda en favor de las comunidades marginadas
DOUE L 158/01, 24.6.2010. Reglamento 539/2010 de 16 de junio de 2010, que modifica el Reglamento 1083/2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, con respecto a la simplificación de determinados requisitos y a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera
DOCUMENTOS
BOE 156/11333, 1.7.2011. Resolución de 22 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se resuelve la convocatoria 2011 de ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para cofinanciar proyectos de desarrollo local y urbano durante el período de intervención 2007-2013

COM(2011) 614 final, 6.10.2011. Propuesta de Reglamento sobre disposiciones específicas relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento 1080/2006
COM(2011) 615 final, 6.10.2011. Propuesta de Reglamento por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, incluidos en el Marco Estratégico Común, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento 1083/2006
DOUE C 91/03, 28.3.2012. Tribunal de Cuentas. Informe Especial 2/2012. Instrumentos financieros en beneficio de las PYME cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
DOUE C 113/06, 18.4.2012. Dictamen del Comité de las Regiones. Revisión del Reglamento AECT (Agrupación Europea de Cooperación Territorial) 
DOUE C 225/08, 27.7.2012. Dictamen del Comité de las Regiones sobre la Propuesta de Reglamento sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
NOTICIAS
RAPID, MEMO/08/378, 6.6.2008. España. Programa Operativo 2007-2013: La Rioja
RAPID, MEMO/08/376, 6.6.2008. España. Programa Operativo 2007-2013: Fondo de Cohesión – FEDER
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RAPID, MEMO/08/407, 17.6.2008. España: Programa Operativo 2007-2013. Navarra
RAPID, MEMO/08/412, 17.6.2008. España – Programa Operativo 2007-2013: Aragón
RAPID, MEMO/08/411, 17.6.2008. España: Programa Operativo 2007-2013. Baleares
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RAPID, MEMO/08/406, 17.6.2008. España – Programa Operativo 2007-2013: Valencia
RAPID, MEMO/08/409, 17.6.2008. España – Programa Operativo 2007-2013: Galicia
FINANCIACIÓN
308.041.000.000 €.DOCUMENTOS EN LA RED
Comisión Europea: http://ec.europa.eu/regional_policy/funds/feder/
Ministerio de Economía y Hacienda: http://www.dgfc.sgpg.meh.es/
Informacion adicional
El Reglamento sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) define su papel y sus ámbitos de intervención, como es el fomento de las inversiones públicas y privadas que ayuden a reducir los desequilibrios regionales en toda la Unión. El FEDER apoyará programas que aborden el desarrollo regional, el cambio económico, la mejora de la competitividad y la cooperación territorial en toda la UE. Entre las prioridades de financiación estarán la investigación, la innovación, la protección del medio ambiente y la prevención de riesgos, mientras que la inversión en infraestructuras seguirá teniendo un papel importante, especialmente en las regiones menos desarrolladas.EL Reglamento general que define principios, normas y estándares comunes para la aplicación de los tres instrumentos de cohesión, a saber, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE) y el Fondo de Cohesión. A partir del principio de gestión compartida entre la Unión y los Estados miembros y las regiones, este Reglamento establece un proceso de programación renovado, basado en las orientaciones estratégicas comunitarias en materia de cohesión y su seguimiento, así como estándares comunes de gestión financiera, control y evaluación. El sistema de aplicación reformado facilitará una gestión más simple, proporcional y descentralizada de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión.El quinto Reglamento introduce una Agrupación europea de cooperación transfronteriza (AECT). La finalidad de este nuevo instrumento jurídico es facilitar la cooperación transfronteriza, transnacional o interregional entre las autoridades regionales y locales. Esta Agrupación estaría dotada de personalidad jurídica para la aplicación de programas de cooperación territorial basados en un convenio acordado por las autoridades nacionales, regionales, locales, o públicas de otro tipo, que participen.Los artículos 158 a 162 del Tratado constitutivo de las Comunidades Europeas establecen que la Unión Europea debe promover un desarrollo global armonioso y reforzar la cohesión económica y social reduciendo las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas regiones.El FEDER financia:- ayudas directas a las inversiones realizadas en las empresas (en particular las PYME) para crear empleos sostenibles;- infraestructuras vinculadas especialmente a la investigación y la innovación, a las telecomunicaciones, al medio ambiente, a la energía y el transporte;- instrumentos financieros (fondos de capital de riesgo, fondos de desarrollo local...) para apoyar el desarrollo regional y local y favorecer la cooperación entre las ciudades y las regiones;- medidas de asistencia técnica.El FEDER puede intervenir en los tres nuevos objetivos de la política regional:1. ConvergenciaEn las regiones del objetivo Convergencia, el FEDER concentra su intervención en la modernización y diversificación de las estructuras económicas así como la salvaguarda o la creación de empleos sostenibles, con actuaciones en los siguientes ámbitos:- investigación y desarrollo tecnológico (IDT),- innovación y espíritu empresarial;- sociedad de la información;- medio ambiente;- prevención de riesgos;- turismo;- cultura;- transportes;- energía;- educación;- salud.2. Competitividad regional y empleo- Innovación y economía del conocimiento: fortalecimiento de las capacidades regionales de investigación y desarrollo tecnológico, estímulo de la innovación y el espíritu empresarial y fortalecimiento de la ingeniería financiera, especialmente para las empresas vinculadas a la economía del conocimiento;- medio ambiente y prevención de riesgos: rehabilitación de terrenos contaminados, fomento de la eficacia energética, promoción de transportes públicos urbanos limpios y elaboración de planes para prevenir y administrar los riesgos naturales y tecnológicos;- acceso a los servicios de transportes y telecomunicaciones de interés económico general.3. Cooperación territorial europea- Desarrollo de actividades económicas y sociales transfronterizas;- establecimiento y desarrollo de la cooperación transnacional, incluida la cooperación bilateral entre las regiones marítimas;- fortalecimiento de la eficacia de la política regional mediante la promoción y la cooperación interregional, la conexión en red y el intercambio de experiencias entre las autoridades regionales y locales.Características territoriales específicasPor otra parte, el FEDER presta especial atención a las características territoriales específicas. La acción del FEDER intenta paliar los problemas económicos, medioambientales y sociales en las ciudades. Las zonas con desventajas geográficas naturales (regiones insulares, montañosas o poco pobladas) se benefician de un trato privilegiado. Por último, las zonas ultraperiféricas se benefician también de una ayuda específica del FEDER para compensar su alejamiento.Ministerio de Economía y HaciendaDG Fondos Comunitarios y Financiación TerritorialSG de Administración del FEDERJorge Orozco PeralsPaseo de la Castellana,162 - planta 19-03928071 - MadridTel.: 91 583 52 23Fax: 91 583 52 72Publicado en Política regionalFichas relacionadas
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