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Fondo de Cohesión
-
Fondo de Cohesión (2007-2013)
CONVOCATORIAS
BASE JURÍDICA
DOUE L 210/79, 31.7.2006. Reglamento 1084/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se crea el Fondo de Cohesión
DOUE L 210/25, 31.7.2006. Reglamento 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión
DOUE L 243/47, 06/09/2006. Decisión 2006/596/CE de la Comisión, de 4 de agosto de 2006, por la que se establece la lista de los Estados miembros que pueden recibir financiación del Fondo de Cohesión durante el período 2007-2013
DOUE L 371/01, 27/12/2006. Reglamento 1828/2006 de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento 1083/2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento 1080/2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional
DOUE L 158/01, 24/06/2010. Reglamento 539/2010 de 16 de junio de 2010, que modifica el Reglamento 1083/2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, con respecto a la simplificación de determinados requisitos y a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera
DOCUMENTOS
COM(2008) 752 final, 14.11.2008. Informe anual sobre el Fondo de Cohesión 2007
COM(2009) 465 final, 15.9.2009. Informe anual sobre el Fondo de Cohesión 2008
COM(2011) 612 final, 6.10.2011. Propuesta de Reglamento relativo al Fondo de Cohesión y por el que se deroga el Reglamento 1084/2006
COM(2011) 615 final, 6.10.2011. Propuesta de Reglamento por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, incluidos en el Marco Estratégico Común, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento 1083/2006
DOUE C 225/10, 27.7.2012. Dictamen del Comité de las Regiones sobre la propuesta de Reglamento sobre el Fondo de Cohesión
NOTICIAS
FINANCIACIÓN
50.312.000.000 €.DOCUMENTOS EN LA RED
Comisión Europea: http://ec.europa.eu/regional_policy/funds/cf/index_es.htm
Ministerio de Economía y Hacienda: http://www.dgfc.sgpg.meh.es/sitios/DGFC/es-ES/Paginas/inicio.aspx
Informacion adicional
El Fondo de Cohesión contribuye a las intervenciones en el ámbito del medio ambiente y de las redes de transporte transeuropeas. Se aplica a los Estados miembros con una renta nacional bruta (RNB) inferior al 90 % de la media comunitaria, es decir, los nuevos Estados miembros, más Grecia y Portugal. España podrá optar al Fondo de Cohesión de manera transitoria. En el nuevo periodo, el Fondo contribuirá, junto con el FEDER, a programas de inversión plurianuales gestionados de forma descentralizada, en lugar de estar sujetos a la aprobación individual de cada proyecto por parte de la Comisión.El Reglamento general que define principios, normas y estándares comunes para la aplicación de los tres instrumentos de cohesión, a saber, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE) y el Fondo de Cohesión. A partir del principio de gestión compartida entre la Unión y los Estados miembros y las regiones, este Reglamento establece un proceso de programación renovado, basado en las orientaciones estratégicas comunitarias en materia de cohesión y su seguimiento, así como estándares comunes de gestión financiera, control y evaluación. El sistema de aplicación reformado facilitará una gestión más simple, proporcional y descentralizada de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión.Los artículos 158 a 162 del Tratado constitutivo de las Comunidades Europeas establecen que la Unión Europea debe promover un desarrollo global armonioso y reforzar la cohesión económica y social reduciendo las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas regiones.El Fondo de cohesión ayuda a los Estados miembros cuya renta nacional bruta (RNB) por habitante es inferior al 90% de la media comunitaria a reducir su atraso económico y social así como a estabilizar su economía. Apoya acciones en el marco del objetivo Convergencia y en adelante depende de las mismas normas de programación, gestión y control que el FSE y el FEDER.Para el período 2007-2013, el Fondo de Cohesión concierne a Bulgaria, Rumania, República Checa, Chipre, Estonia, Eslovaquia, Eslovenia, Grecia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y Portugal. España es elegible en una fase transitoria, ya que su RNB por habitante es inferior a la media de la Europa de los 15.El Fondo de Cohesión financia acciones que se inscriben en los siguientes ámbitos:- las redes transeuropeas de transportes, en particular, los proyectos prioritarios de interés europeo definidos por la Unión;- el medio ambiente. A este respecto, el Fondo de Cohesión también puede intervenir en proyectos vinculados a la energía o a los transportes, siempre que éstos presenten ventajas manifiestas para el medio ambiente: la eficacia energética, el recurso a las energías renovables, el desarrollo del transporte ferroviario, apoyo a la intermodalidad, fortalecimiento de los transportes públicos, etc.La asistencia financiera del Fondo de Cohesión puede ser suspendida por decisión del Consejo (mediante mayoría cualificada) en caso de que un Estado presente un déficit público excesivo y no ponga remedio a esta situación, o que las acciones emprendidas resulten inadecuadas.Ministerio de HaciendaSecretaría de Estado de Presupuesto y GastosDG Fondos Comunitarios y Financiación TerritorialSG Fondos de Compensación y CohesiónÁngeles Holgado CristetoCastellana, 162, planta 18, Despacho 2428071 - MadridTel.: 915 835 197Fax: 915 837 340Publicado en Política regionalFichas relacionadas
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